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Retos ante el acoso y ciberacoso

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El artículo 19 de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño establece la obligación de todos los Estados Partes de tomar todas las medidas necesarias frente a toda forma de violencia, definida como toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual. Esta definición incluye la exposición a la violencia en la escuela o su entorno, y entiende por violencia también la que se da entre niños y niñas.  En este sentido el acoso y el ciberacoso son formas de violencia entre pares contra las que todos los niños y niñas tienen derecho a ser protegidos. El acoso y ciberacoso son violencia, y España carece de un abordaje integral de lucha contra todas las formas de violencia en la infancia, lo cual resta eficacia a las medidas que puedan tomarse. Aunque se ha avanzado –la última reforma de la ley de la infancia reconoce como violencia ambos fenómenos- aún falta contundencia pública. No podemos e...

LA INCLUSIÓN EDUCATIVA Y EL ACOSO ESCOLAR

¿A qué nos referimos cuando hablamos de  educación inclusiva ?   Según el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes,  “se entiende educación inclusiva como el proceso que ayuda a superar los obstáculos que limitan la presencia, la participación y los logros de los estudiantes, así como el proceso de fortalecimiento de la capacidad del sistema educativo.”   El objetivo de esta educación inclusiva es fomentar un entorno escolar adaptado a las necesidades y demandas de todos los alumnos para alcanzar el objetivo de la educación: el aprendizaje significativo de los contenidos correspondientes.   “Sin embargo, y pese a que todas las instituciones y agentes están trabajando para garantizar la equidad y la aceptación de la diversidad, parece que estamos presenciando una despersonalización educativa cada vez más acusada, provocando procesos a través de los cuales se favorece el acoso escolar (Bandrés, 2015; Molina y De Luca, 2009; Moya, 2016), observándo...

La responsabilidad de los centros educativos

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  Muchas veces creemos que los centros educativos solo tienen que enseñar, educar y controlar en cierta medida el comportamiento de los menores, pero ¿hasta que punto los centros, profesores, tutores son responsables del cuidado y protección de los niños/niñas?  Tenemos que estar informados de la responsabilidad que ellos tiene para poder exigirle a los centros y en algunos casos a inspección educativa que desempeñen las obligaciones que la ley les impone. En el artículo 1903 del Código Civil se señala que las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando actividades escolares o extraescolares y complementarias. La responsabilidad de que trata este artículo cesará cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la di...

Identificar no es etiquetar

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Hace unos meses asistimos a una charla muy interesante sobre este tema. La charla fue impartida por el psicólogo Alberto Soler. La verdad es que nos supo a poco porque es un tema extenso que  invita a la reflexión en estos tiempos en los que, parece que, la estamos perdiendo. Nos abordaban muchas preguntas ¿Qué es etiquetar? ¿Tiene alguna connotación negativa nombrar una acción de manera objetiva? ¿Estamos estigmatizando si etiquetamos?¿Por qué confundimos etiquetar con nombrar una acción?¿Nos enfocamos en no etiquetar a los niños pero nosotros mismos lo hacemos con otros adultos? ¿Qué pasa si no llamamos a las cosas por su nombre? Etiquetar es, según su significado psicológico, ”prejuzgar y asignar una serie de expectativas a las que muchos terminamos ajustándonos desde pequeños.”  Efectivamente, prejuzgar es juzgar, generalmente, de modo condenatorio o discriminatorio, con base en ideas preconcebidas y sin tener en cuenta la información suficiente. Es decir, no retrata una ...

Tipos de ciberbullying o ciberacoso

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  Tipos de ciberbullying o ciberacoso   -  7.3.24         En el ciberbullying o en cualquier acto de ciberacoso, la finalidad de lesionar o avergonzar es fundamental. En realidad, estas modalidades delictivas deben encuadrarse en los delitos contra la integridad moral, pues en todos los casos lo que se pretende atacar es la dignidad de la persona.   Las formas de acoso que se pueden concretar en el ciberbullying  se resumen en:     • Hostigamiento: envío de imágenes denigrantes, seguimiento a través de software espía, envío de virus informáticos, elección en los juegos online del jugador menos habilidoso para ganarle constantemente y humillarle, etc.   • Exclusión: uso de entornos públicos para acosar y mandar comentarios despectivos o difamatorios con el objetivo de provocar una respuesta expansiva, denegación del acceso a foros, chats o plataformas sociales de todo el grupo a la víctima, etc.   • Manipulación: uso d...